Cuando se vive en una comunidad de vecinos, es inevitable que surjan conflictos, ya que cualquier toma de decisiones que se tenga que llevar a cabo en la comunidad (desde  arreglar cualquier desperfecto hasta una nueva instalación o la forma de uso de zonas comunes) da lugar a diferentes opiniones entre los propietarios y a diferentes formas de expresarlas.

 

Aunque la Ley de Propiedad Horizontal no define qué es una zona común, en el Código Civil, sí que aparece, y como definición, las zonas comunes hacen alusión a todas aquellas partes del inmueble que pertenecen a todos los propietarios, incluyendo, desde los elementos estructurales comunes (ascensor, azotea, terraza, etc.), a las zonas de servicios, como el cuarto de la caldera o la portería. En resumen, todo lo que no sea una zona privativa, se considera zona común.

 

Sin embargo, estas zonas de las que pueden hacer uso y disfrute todos los propietarios, cuentan con una serie de normas y reglas, establecidas en la Ley de Propiedad Horizontal, Estatutos y Reglamentos de Régimen Interior, para favorecer el buen uso y la convivencia.

También , es muy habitual que surjan problemas por el mal uso y el abuso de algunos  propietarios.

 

Para evitar que estos conflictos acaben con la buena sintonía entre los miembros de la comunidad de propietarios y se pueda llegar a un acuerdo, siempre en beneficio del propio edificio y respetando los derechos y las opiniones de todos, el Administrador de Fincas juega un papel fundamental en la mediación de los conflictos.

 

Un Administrador de Fincas es un profesional cualificado, que cuenta con todos los conocimientos de las leyes y de las normativas que se tienen que llevar a cabo con respecto al uso de las zonas comunes en un edificio. El Administrador de Fincas tiene que estar colegiado, ya que esto supone una garantía de que cuenta con el conocimiento específico para poder desempeñar su trabajo, además de que estará al tanto de todas las novedades con respecto a la normativa y el marco legal que afectan a las comunidades de propietarios.

Contar con un Administrador de Fincas Colegiado para mediar en los conflictos supone una serie de ventajas:

 

  • En primer lugar, evitará que el conflicto llegue a más y pueda generar problemas entre los vecinos a medio y largo plazo, ya que favorece el diálogo, de manera que se pueda encontrar una solución y un acuerdo entre las partes, con el objetivo de intentar satisfacer los intereses de todos, en beneficio de la comunidad de propietarios.

El Administrador fomentará el diálogo y la búsqueda de soluciones respetando los derechos y deberes de ambas partes para llegar a una solución amistosa lo antes posible, siempre fomentando la convivencia.

 

  • En segundo lugar, porque supone un ahorro de dinero, ya que la mediación del Administrador de Fincas tiene como objetivo evitar que se recurra a un proceso judicial.

Aunque en el supuesto de que esta primera mediación no llegue a buen término, el Administrador de Fincas, junto con el Presidente (actuando como representante de la comunidad) se propondrán  las medidas legales oportunas. En este caso, también podremos recurrir a los conocimientos y experiencia del Administrador de Fincas para resolver el problema de manera legal.

 

  • En tercer lugar, un Administrador de Fincas ayudará a que los vecinos aprendan a gestionar conflictos de una manera mucho más rápida, favoreciendo la resolución del problema y evitando que el conflicto se enquiste.

 

  • Por último, un Administrador de Fincas, actuando como mediador entre los conflictos vecinales, conseguirá que todas las partes salgan ganando, satisfaciendo los intereses personales y comunes, en beneficio de la convivencia y del buen uso del edificio.

 

En Ofiserco llevamos más de 25 años dedicándonos a la gestión de los edificios y de las Comunidades de Propietarios. Contamos con un equipo de profesionales cualificados y colegiados que ofrecen un asesoramiento personalizado a cada comunidad, ayudando a resolver cualquier problema o conflicto y facilitando el funcionamiento adecuado de todo el inmueble.